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Licenciada Ana Valoy responde impugnación de colectivo feminista que se opone a sus valores ⎪ CULTURIZAR MEDIOS

La Defensoría del Pueblo de Tucumán, provincia de Argentina, recibió entre el 3 y el 9 de febrero de 2021, a 51 postulantes (a) para el cargo de Defensor en la prestigiosa institución que debe actuar en “la defensa, protección y promoción de los derechos humanos” (b). Diez de las personas inscriptas recibieron impugnaciones, entre las cuales  la Licenciada Ana Valoy, el 17 de febrero, recibió casi cuarenta páginas, por la fundación feminista Mujeres x Mujeres, oponiéndose a su candidatura. Este grupo afirma que Ana es “antiderechos” y ven con “horror” su presentación al cargo exponiendo que: “Ni las mujeres, ni las disidencias sexuales, ni les niñes, ni les adolescentes se merecen una defensora como esta”(c).



Foto: https://www.instagram.com/p/CLFFfvaJN4g



El problema surge debido a que La Licenciada Valoy es Provida, Profamilia, Proderechos y Provalores, y por sus creencias religiosas y por estar contra el aborto, ha sido resistida por este colectivo violento que en vez de luchar por la libertad quiere coartar a una de las personas más calificadas para el cargo.




Ella actualmente trabaja en el Observatorio de la Familia de la Municipalidad de Yerba Buena (d), Tucumán, y ha presentado el día martes 23 de febrero su respuesta a la impugnación ante la Honorable Legislatura de Tucumán.

Su respuesta deja expuesta con certeza, punto por punto, la mirada ideológica del grupo feminista para socavar a una servidora gubernamental que lucha por la familia, por el derecho fundamental de la vida y por la libertad y diversidad de opiniones. Aquí les dejamos la respuesta de la Licenciada Ana Valoy:



RESPUESTA A LA IMPUGNACIÓN RECIBIDA PARA EL CARGO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO. 


I- Se me impugna por ejercer mi derecho político, por pensar diferente a los intereses partidarios que ellos representan. Por penar distinto me señalan y me juzgan, comportamiento típico de las personas que no aceptan la diversidad de opiniones y política. 

Todo habitante de esta provincia y de la nación Argentina goza del libre ejercicio de derechos políticos, siendo que la suscripta es una activa integrante de la sociedad, entendiendo a la política como herramienta de cambio y transformación de nuestro país. 


II- Al parecer, la parte impugnante olvida con una manifiesta intención de dañar, mentir y subestimar el conocimiento acabado de las normas que tiene la Honorable legislatura de la redacción completa del artículo 8° de la ley 6.644.


Así, la ley establece la categoría de incompatibilidad funcional fijando un período ventana en el cual puede ser subsanada dicha incompatibilidad. Es decir, que si fuera designada en el cargo y antes de tomar posesión del mismo, puedo renunciar a la afiliación a la Unión Cívica Radical que poseo en la actualidad, quedando así la incompatibilidad funcional enmendada. 


Por lo tanto, en la impugnación fundamentada en estar afiliada a un partido político debe ser desestimada por no ser la oportunidad procesal para ser interpuesta, ya que dicha incompatibilidad opera al momento de tomar posesión del cargo, y previo a ello existe desde la designación la oportunidad para renunciar a dicha afiliación. Comprometiéndome en este acto en caso de ser designada a renunciar a la afiliación política existente. 


III- Rechazo del aspecto objetivo de la impugnación: 

La impugnación realiza una queja en cuanto a que soy integrante de un partido político. Afirmo mis convicciones políticas amparadas en el artículo 37 de la Constitución Nacional, por cuanto establece que: 


“…Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral…”


IV-  En cuanto a esta violenta, totalitaria y falaz afirmación que realizan los impugnantes, se me acusa de ser una antiderechos, y de militar en contra de los Derechos Humanos,  afirmaciones encolumnadas en un pensamiento que es totalmente distinto al de la suscripta, siendo que me siento totalmente discriminada por pensar distinto, y no tener la misma ideología de género e ideología política que desde la institución que ellos representan y militan. 


Soy una militante y defensora de la vida y del niño por nacer, y acérrima defensora de la Familia, una institución fundamental que es la base de toda sociedad. Tal como lo consagra nuestra Constitución Provincial en su preámbulo, al reconocer a la persona desde el momento de la concepción. 

Estoy siendo discriminada por mis creencias religiosas cristianas, es decir que se ve violentado mi libre derecho a la libertad de pensamiento, libertad religiosa y de culto; siendo que estas son Derechos Humanos consagrados en nuestra Constitución y en múltiples tratados Internacionales.  


En conslusion, en la impugnación se me discrimina por pensar distinto, solicito entonces al Sr. Presidente de la Legislatura Osvaldo Jaldo, remita copia de la impugnación y mi contestación a la misma al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y a la Fiscalía Penal que corresponda en función de lo normado en la Ley 23.592 por cuanto establece la penalización de los actos discriminatorios.  


Ana Valoy

Lic. en Ciencias Políticas

Psicóloga Social

Maestrando en Política y Gobierno


 


RESPUESTA A LA IMPUGNACIÓN RECIBIDA PARA EL CARGO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO. I- Se me impugna por ejercer mi derecho...

Publicada por Ana Valoy en Martes, 23 de febrero de 2021



(a) Candidatos presentados al cargo:

Silvan María Marta, Castro Vanesa Raquel,  Selín Lorena Paola, Kassar Francisco Martín, Paz Belén Rocío, Juri Fernando Said, Agenor González Ramón, Ana Valoy, Víctor Hugo Giudice, Sebastián Arena, Santos Roberto Santana Vacas, Edith Deolinda Guardia, Ramon Víctor Fabio Lastra, Nilda Amalia Medici Paz, María Emilia Saavedra, María Emilia Saab, Ángel Esteban Soria, Del Campo Adriana Marianela, Pereyra Sandra Patricia, Cambera Amelia, Lobo Bougeau, Prospero Martín Guerrero, Aramayo Mario, María Fernanda García, Iván Llorens, Ruiz Antonia Amalia, Ibañez Saúl Alberto, Koltan Mario, Rodríguez Julieta, Rossini Paola, Monasterio Arroyo Karina, Betiana Jiménez, Ana María Bestani, María Priscila Paz, Morales Ebrahim Gladys, Guardia Victor Hugo, Martinez Edgardo Sebastian, Vega Juan Santos, José Guillermo Rodríguez, Nicolás Juárez Dappe, Eduardo Cobos, María Fernanda Juárez, Ana Raquel Soria, Cesar Ismael Toledo, Miguel Francisco Paz, Julio Roberto Bringas, Daniel Alberto Ponce, Hernán Guillermo Santana Vacas, María Inés Guzmán, Jose E. Garcia, Ana María Rodríguez.


(b) Misión de la defensoría de pueblo de Tucumán


(c) Postura de la Fundación Mujeres X Mujeres


(d) Observatorio de la Familia de la Municipalidad de Yerba Buena




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