“El niño por nacer es una persona y tiene derechos que deben ser respetados”
Por Yanina Cossime*
Esta frase puede parecer obvia para quienes defienden las tesis que se afirman en el conocimiento científico que aseguran que, desde el momento de la fecundación hay un ser humano con vida, en desarrollo. Pero a la vez, puede resultar absurda, porque no se considere persona al niño por nacer.
Lo que es innegable, se considere o no persona digna de ser respetada al niño por nacer, que los derechos de los niños no siempre son respetados. Solo basta con mirar las noticias o no esquivar la mirada cuando nos encontramos en cada esquina a muchos pequeñitos trabajando por monedas para poder alimentarse (o llevando lo recaudado a un mayor, que vaya a saber Dios qué hace con el dinero). Las estadísticas publicadas por consultoras y universidades dan cuenta de los niveles de pobreza, desnutrición, falta de atención médica, ausencia de educación y violencia que sufren la mayoría de los niños y adolescentes de nuestro país.
Agravando el cuadro, contra todo fundamento científico y jurídico, los niños por nacer no son considerados siempre como personas, sino como “un puñado de células” de las que se puede disponer a voluntad, y hasta existen leyes, resoluciones y presupuestos destinados a eliminarlos, negando así su derecho fundamental, por el hecho de ser un ser humano: la vida misma.
¿Por qué defender la vida del niño por nacer? Estas líneas pretenden presentar algunos argumentos basados en las normas, las ciencias biológicas y las escrituras que den respuesta a esta pregunta.
La Constitución Nacional Argentina (1) se expresa en cuanto al derecho a la vida afirmando que:
- • Persona es todo ser humano
- • Toda persona tiene derecho a que se le reconozcan sus derechos civiles fundamentales
- • Toda persona tiene derecho a que se respete su vida
- • El derecho a la vida estará protegido por la ley a partir de la concepción
- • Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente
En lo que se refiere al derecho de los niños a la vida, la Constitución Nacional Argentina establece que:
- • Todo niño tiene derecho intrínseco a la vida
- • Niño es todo ser humano desde el momento de la concepción hasta los 18 años
- • El niño necesita protección y cuidado especiales, tanto antes como después del nacimiento
- • Se considerará en forma primordial el interés superior del niño
- • Los Estados deben garantizar en la medida máxima posible la supervivencia y desarrollo del niño
Además, tanto la Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) como el Código Civil y Penal Argentino (art. 19) afirman que la existencia de la persona humana comienza en la concepción.
Por su parte, el Decreto Nacional 1406/98 establece el día 25 de marzo como fecha de celebración del Día del Niño por Nacer, a fin de:
- • Conmemorar, difundir y celebrar el Día del Niño por Nacer
- • Reflexionar sobre el papel de la mujer embarazada en el destino de la humanidad
- • Y el valor de la vida humana que porta en su seno
El objetivo de esta fecha es reafirmar públicamente el compromiso del Estado con:
- • el reconocimiento de la dignidad y del valor intrínsecos de la persona humana y
- • la protección universal de los derechos humanos, sin distinciones
El decreto afirma que el derecho a la vida:
- • No es cuestión de ideología
- • No se trata de religión
- • Si es un derecho fundamental de toda persona que procede de su naturaleza y está protegido por la ley desde la concepción
¿Qué nos estamos perdiendo con cada niño al que no se le permite nacer? ¿Es justo (no necesariamente legalidad y justicia son sinónimos) que un niño no nacido sea condenado a muerte por sus orígenes, por la condición social de sus progenitores o los deseos de alguno estos? Si justificamos el descarte de una vida incipiente porque es un “accidente” o una “carga”, ¿qué pasará cuando un niño nacido o un adulto tenga un accidente o una enfermedad inesperada o, a causa de la vejez, se transforme en una carga para su familia?, ¿justificaremos también el descarte de su vida? Son preguntas que deberíamos hacernos y reflexionar, ya que de sus respuestas dependerá el futuro de la humanidad misma.
* Yanina Cossime es esposa, madre, Lic. en Orientación Familiar, profesora, Operadora Socio Comunitaria, Diplomada en Prevención y Tratamiento de la Violencia, en políticas públicas para la primera infancia y la familia y en educación integral de la sexualidad.
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